¿Qué es?
Según
la OIT (ver Acoso sexual - Bibliografía), para que haya
acoso sexual deben integrarse tres elementos: un comportamiento
de carácter sexual, que no sea deseado y que la víctima
lo perciba como un condicionante hostil para su trabajo, convirtiéndolo
en algo humillante.
"El acoso sexual es cualquier tipo de acercamiento o presión
de naturaleza sexual tanto física como verbal, no deseada
por quien la sufre, que surge de la relación de empleo
y que da por resultado un ambiente de trabajo hostil, un impedimento
para hacer las tareas y/o un condicionamiento de las oportunidades
de ocupación de la persona perseguida", define la
abogada Carmen González (ver Acoso sexual - Bibliografía).
Según la investigación realizada en 1994 por la
Secretaría de la Mujer de la UPCN (ver Acoso sexual - Bibliografía)
con trabajadoras del sector público, se determinaron cinco
niveles de conductas de acoso sexual, para las que se tuvo en
cuenta el tipo de interacción (verbal - no verbal), el
contenido del mensaje (menos o más coercitivo) y la implicación
o no de contacto físico:
Nivel 1) Acoso leve, verbal: chistes, piropos, conversaciones
de contenido sexual.
Nivel 2) Acoso moderado, no verbal y sin contacto físico:
Miradas, gestos lascivos, muecas.
Nivel 3) Acoso medio, fuerte verbal: Llamadas telefónicas
y/o cartas, presiones para salir o invitaciones con intenciones
sexuales.
Nivel 4) Acoso fuerte, con contacto físico: Manoseos, sujetar
o acorralar.
Nivel 5) Acoso muy fuerte: Presiones tanto físicas como
psíquicas para tener contactos íntimos.
El agresor sabe o debería saber que la persona destinataria
de su accionar lo considera ofensivo. Es necesario establecer
la diferencia entre sabe o debería saber para poder amparar
tanto las situaciones en que la víctima le ha hecho saber
su molestia u ofensa al agresor como aquellas en las que éste
no ha sido puesto en conocimiento pero que resultan claramente
ofensivas o no resultan propias de las relaciones entre trabajadores.
El
acoso sexual es una forma de violencia de género, intersección
de la violencia sexual y la violencia laboral e institucional.
Según María José Lubertino (ver Acoso sexual
- Bibliografía), por un lado, el acoso sexual "fortalece
el estereotipo y desequilibrio cultural del 'hombre' productor
(dominante) y de la mujer 'reproductora' (sumisa), reduciendo
a la mujer a objeto sexual y negándole el derecho de actuar
en espacios considerados masculinos y, al mismo tiempo, absolviendo
a los hombres de una mayor responsabilidad en el ámbito
de la reproducción". Para la especialista, dado que
no sólo responde a diferencias de poder real sino también
al poder cultural, la mayoría de las víctimas de
acoso son mujeres, si bien los varones también pueden también
ser víctimas de acoso sexual por parte de mujeres o gays,
especialmente cuando éstos son sus superiores jerárquicos.
Por
otro lado, "el acoso sexual viola derechos sexuales básicos
como el derecho a la libertad sexual (la posibilidad de los individuos
de expresar su potencial sexual, libres de coerción, explotación
o abuso en cualquier tiempo y situaciones de la vida) y el derecho
a la autonomía sexual, integridad sexual y seguridad del
cuerpo sexual, lo que incluye el control y el placer de nuestros
cuerpos libres de violencia de cualquier tipo", para Lubertino.
Y, todos los especialistas concluyen que, cuando esta violación
a la integridad humana se da en el ámbito del trabajo,
representa una violación del derecho de trabajar en un
ambiente digno y humano, es decir, es también violencia
laboral (ver Violencia laboral).
El
proyecto de ley sobre acoso sexual elaborado originariamente por
el Instituto Social y Político de la Mujer (Acoso sexual
- Nuestra Campaña - Proyectos de ley), con el aporte de
la Asociación Europea de lucha contra la Violencia contra
las mujeres en el trabajo (www.avftfrance.org), consensuado en
la Comisión Tripartita de Igualdad de Oportunidades y Trato
del Ministerio de Trabajo de la Nación (www.trabajo.gov.ar)
y que fue presentado por senadoras de todos los bloques parlamentarios,
contempla innovaciones al extender el concepto de acoso no sólo
al lugar de trabajo sino también a otros ámbitos
institucionales como el educativo, el sindical, el de médico-paciente
y el de las Fuerzas Armadas y de seguridad.
Define como acoso sexual directo a "todo acto, comentario
reiterado o conducta con connotación sexual, sexista u
homofóbica no consentida por quien la recibe y que perjudique
su cumplimiento o desempeño laboral, educativo, político
o sindical, o su bienestar personal". También incluye
el acoso sexual ambiental como "todo acto de naturaleza
sexual, sexista u homofóbica, que sin estar dirigido a
una persona en particular, cree un clima de intimidación,
humillación u hostilidad."
Tiene connotación sexual si "tiene por fin
inducir a la víctima a acceder a requerimientos sexuales
no deseados" ; sexista "cuando su contenido discrimina,
excluye, subordina, subvalora o estereotipa a las personas en
razón de su sexo" ; u homofóbica "cuando
su contenido implica rechazo o discriminación de la persona
en razón de su orientación o identidad sexual".
Consecuencias
El acoso sexual puede ocasionar que una mujer deje su empleo para
no afrontar el problema, si bien debido a la actual crítica
situación socioeconómica de la Argentina lo más
probable es que calle y se someta para no perder su ingreso. Puede
ser despedida o perder sus perspectivas de promoción por
no haber accedido a las sugerencias que le fueron hechas. La mujer
acosada tiene siempre una sensación de culpabilidad generada
por la carga social y cultural que, ante estos hechos, ve a la
mujer como una "provocadora".
Las
víctimas sufren de tensión nerviosa, irritabilidad
y ansiedad, que a menudo pueden dar lugar a depresión,
insomnios y otros trastornos psicosomáticos como jaquecas,
problemas digestivos, cutáneos, etc.
El
acoso sexual dificulta el desempeño de las funciones y
la satisfacción de llevarlas a cabo. Si la víctima
informa del incidente o rechaza acceder, el acosador dispone muchas
veces del poder de afectar sus condiciones de trabajo, oportunidades
de formación o promoción y su seguridad en el empleo.
Pero
además, "el daño infringido a la mujer como
consecuencia de hostigamiento sexual perjudica también
a la compañía. Cuando una empleada se enferma o
tiene problemas de concentración o cuando comete errores
en el trabajo, la productividad baja y esto significa dinero",
apunta Corine van der Vliet, de la Confederación Sindical
de los Países Bajos (pág.35, Hostigamiento sexual
en el trabajo, ¿un problema exclusivo de las mujeres?,
en: Si te molesta...¡es hostigamiento sexual!, ver Acoso
sexual - Bibliografía).
El
acoso sexual, la discriminación y la violencia laboral,
según la Unión Europea, cuesta 500.000 millones
de dólares al año aproximadamente. "Esto significa
que se tiene que luchar denodadamente contra el hostigamiento
sexual, no sólo en interés de las mujeres, sino
también de los patrones", considera van der Vliet.
Situación
en la Argentina
La
Argentina es uno de los países con más alta tasa
de acoso sexual en el mundo. Según el informe de la OIT
de 1996, el 6,1 por ciento de los varones y el 11,8 por ciento
de las mujeres indicaron haber sufrido agresiones en el año
anterior, mientras que el 16,6 por ciento de las mujeres dieron
cuenta de incidentes de carácter sexual. A pesar de las
recomendaciones de los organismos internacionales, a nivel gubernamental
aún no existen cifras estadísticas ni estudios sobre
el tema.
El único trabajo al respecto fue la encuesta realizada
entre junio y agosto de 1994 por la Unión de Personal Civil
de la Nación (UPCN) a las empleadas de ese gremio. La investigación
arrojó los siguientes resultados:
-143 mujeres, el 47,4 % de las 302 que conformaron la muestra,
habían sufrido acoso.
-Entre ellas, el 32,1 % había sufrido acoso nivel 1.
-34,1 % en nivel 2.
-17,9 % en nivel 3.
-15,6 % en nivel 4.
-5 % en nivel 5.
En
cuanto a los acosadores, en el 61,5 % de los casos provenían
de quienes tenían la misma jerarquía ocupacional
y sólo el 34,1 % del personal jerárquico.
El
tipo de mujer acosada en los niveles leve, moderado y medio es
menor de 30 años, atractiva, de categoría laboral
indistinta o más baja que la del acosador y estado civil,
nivel educativo y antigüedad laboral indistintas. En cambio,
en los niveles fuertes de acoso pierden significancia las características
personales y sociolaborales de las acosadas.
El
tipo de acosador, en su mayoría, resultó mayor de
40 años, casado y de jerarquía superior a la acosada.
A
pesar de haber contestado afirmativamente por lo menos alguna
de las preguntas indicativas de padecimiento de acoso, el 21 %
negó haber sido objeto de acoso sexual. Después
de padecer un acoso sexual, el 63,7 % de las afectadas consideró
que éste es un problema privado no vinculado con el régimen
laboral y sólo el 12,6 % asumió la agresión
como un problema laboral y recurrió a un superior jerárquico
o al sindicato.
El 70 % tenía una confusa conceptualización del
acoso sexual al ignorar que éste se caracteriza por ser
no deseado y no recíproco. El 15,4 % consideró que
son las propias mujeres quienes lo provocan y el 54,6 % que tanto
hombres como mujeres participan de un juego de seducción.
Sólo el 8,6 % comentó saber de casos donde se realizó
la denuncia, a pesar de que el 60 % conocía la existencia
de algún tipo de medida legal para sancionar esa conducta.
El 30,7 % dijo desconocer totalmente las normas que penan el acoso
sexual.
Situación
en otros países
En
1996, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) realizó
una encuesta entre trabajadores/as de 36 países en la que
se registraron las observaciones de estos/as trabajadores/as sobre
lo que les ocurría en su ámbito laboral.
Según el informe, Francia, Argentina, Rumania, Canadá
e Inglaterra señalaron las tasas más elevadas de
agresiones y de acoso sexual. En los Estados Unidos, alrededor
de 1000 personas mueren anualmente en sus trabajos, siendo el
homicidio la principal causa de defunciones en el lugar de empleo
para las mujeres y la segunda, para los hombres.
Centrado en el análisis de las tendencias globales, el
informa señala:
-los brotes de violencia "que se producen en los lugares
de trabajo de todo el mundo permiten concluir que ese problema
rebasa, en efecto, las fronteras de los países, los ámbitos
de trabajo o cualesquiera categorías profesionales".
-en algunos lugares de trabajo y ocupaciones, como taxistas, personal
del servicio sanitario, personal docente o el trabajo solitario,
sobre todo en el turno noche de los comercios, existe un grado
de riesgo a la violencia mucho mayor que el correspondiente a
otros ámbitos u ocupaciones.
-dicho riesgo es considerablemente mayor para las mujeres, dado
que se concentran en las ocupaciones más expuestas como
la enseñanza, el trabajo social, la enfermería,
la banca y el comercio minorista.
-tanto trabajadores como empleadores reconocieron la importancia
de las agresiones psicológicas y el hostigamiento como
forma grave de la violencia laboral.