Legislación
Constitución Nacional
En 1994, se introdujo en la Constitución Nacional, la Convención
sobre eliminación de toda forma de discriminación
contra la mujer, que en su artículo 4 prevee que las
acciones positivas de carácter transitorio no deben ser consideradas
discriminatorias y que, por el contrario, deben ser impulsadas para
alcanzar la igualdad real entre mujeres y varones. En la Convención
Constituyente de 1994 sólo fue posible incorporar el cupo
en el Poder Legislativo y en partidos políticos en el artículo
37 y quedó una vaga cláusula genérica en el
artículo 75 indicándole al Parlamento la necesidad
de sancionar acciones positivas en otros rubros.
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